Impuestos al comprar una propiedad de lujo en CDMX en 2026: Guía Técnica
- Engel & Völkers Mexico City

- hace 2 días
- 10 Min. de lectura
La carga tributaria al adquirir un activo inmobiliario premium en la Ciudad de México para 2026 se compone de tres pilares: el Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles (ISAI), los honorarios notariales y los derechos registrales. Proyectar estos costos, que pueden oscilar entre un 5% y 7% del valor de la operación, es crucial para la viabilidad financiera y la estructuración patrimonial.
Comprender los impuestos al comprar una propiedad de lujo en CDMX en 2026 es un ejercicio de rigor analítico, no solo de cumplimiento. Para el inversor de alto patrimonio (HNWI), cada componente fiscal representa una variable que impacta directamente en el costo total de adquisición y, por ende, en la rentabilidad futura del activo. El análisis va más allá del precio de venta; se centra en la estructura fiscal, legal y administrativa que blinda la transacción y optimiza la carga tributaria dentro del marco legal vigente.
Qué es y por qué importa la estructura fiscal de adquisición a la hora de revisar los impuestos al comprar una propiedad
La compra de un activo inmobiliario de lujo en la Ciudad de México es una operación financiera compleja cuya viabilidad depende de una correcta previsión de todos los costos asociados. La estructura fiscal de adquisición se refiere al conjunto de impuestos, derechos y honorarios obligatorios que deben cubrirse para formalizar la transmisión de la propiedad de manera legal y definitiva. Ignorar o subestimar estos desembolsos es uno de los errores más costosos en transacciones de alto valor.
El propósito de esta estructura es triple:
Legalidad y Certeza Jurídica: Asegura que la operación cumple con toda la normativa federal y local, culminando en la inscripción de la escritura en el Registro Público de la Propiedad, lo que otorga al comprador la titularidad plena y oponible frente a terceros.
Cumplimiento Fiscal: Garantiza que se paguen correctamente los gravámenes correspondientes, principalmente el Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles (ISAI), evitando contingencias, multas o recargos futuros.
Transparencia Financiera: Permite al comprador tener una visibilidad completa del costo real de la inversión, integrando todos los desembolsos en el modelo financiero del proyecto, ya sea para uso personal o como activo de renta.
Para 2026, si bien la estructura base se mantiene (ISAI, notarización, registro), existen variables coyunturales y tendencias de mercado que deben ser incorporadas al análisis para una proyección precisa.

Qué revisar: documentos, riesgos y puntos de control
Un proceso de adquisición robusto se fundamenta en una diligencia debida exhaustiva. No se trata solo de reunir papeles, sino de validar la integridad jurídica y fiscal del inmueble. El notario público juega un rol central en esta verificación, pero un comprador informado y su equipo de asesores deben anticipar y revisar proactivamente los siguientes elementos.
Documentos y validaciones críticas
La fase de revisión documental es el filtro principal para mitigar riesgos. Un error u omisión en esta etapa puede retrasar la operación o, en el peor de los casos, derivar en litigios post-compra. La siguiente tabla sirve como una guía de verificación para cualquier transacción de alto valor.
Documento / Factor a Revisar | Para Qué Sirve (Propósito Técnico) | Señal de Alerta (Red Flag) |
|---|---|---|
Título de Propiedad Vigente | Acreditar la titularidad del vendedor y la historia registral del inmueble. Es la base de toda la operación. | Título no inscrito en el Registro Público, o con anotaciones marginales que indiquen litigios, gravámenes o embargos. |
Boletas Predial y Agua (5 años) | Confirmar el cumplimiento de obligaciones fiscales locales y la inexistencia de adeudos que puedan afectar la firma. | Adeudos, incluso de montos pequeños. La ley exige la constancia de no adeudo para poder escriturar. |
Avalúo Comercial Certificado | Establecer el valor de mercado del activo. Es una de las tres bases para el cálculo del ISAI. | Una valuación con más de 6 meses de antigüedad o con discrepancias mayores al 20% respecto al precio de venta. |
Certificado de Valor Catastral | Conocer el valor administrativo del inmueble. También es base para el cálculo del ISAI y del impuesto Predial futuro. | Un valor catastral significativamente desactualizado o que no refleje las características reales de la construcción. |
Régimen de Propiedad en Condominio | Entender las reglas, cuotas y posibles restricciones que aplican sobre el inmueble y las áreas comunes. | Adeudos de mantenimiento o la existencia de litigios entre condóminos que puedan afectar el uso de la propiedad. |
Identificación y RFC (Comprador/Vendedor) | Cumplir con la normativa fiscal y de prevención de lavado de dinero (Ley Antilavado o LFPIORPI). | Inconsistencias en los datos fiscales, o negativa a proporcionar la información requerida por el notario. |
Este checklist es el punto de partida para un due diligence inmobiliario completo. Cada punto validado reduce el perfil de riesgo de la transacción.
Riesgos fiscales y operativos a mitigar
Discrepancia de Valores: El riesgo más común. Si el avalúo comercial o el valor catastral son sustancialmente más altos que el precio de compra, el ISAI se calculará sobre ese valor superior, incrementando los costos no previstos.
Gravámenes Ocultos: No confiar únicamente en la palabra del vendedor. La única fuente confiable para verificar la ausencia de hipotecas, embargos o fianzas es el Certificado de Libertad de Gravamen emitido por el Registro Público.
Pasivos Fiscales Heredados: Asegurarse de que no existan adeudos de predial, agua o mejoras. Aunque la ley protege al comprador, un adeudo puede frenar la firma por semanas.

La mitigación de estos riesgos no es opcional; es un componente central de una estrategia de inversión patrimonial segura, detallada en nuestra guía definitiva de inversión en bienes raíces de lujo en CDMX.
Cómo se calculan los impuestos y gastos de adquisición: paso a paso
El proceso para determinar el costo total de la transacción sigue una secuencia lógica y estandarizada. Dominar estos pasos permite al comprador anticipar con precisión el flujo de efectivo necesario.
How-To: Proceso de Cálculo y Pago de Impuestos
Paso 1: Determinar la base gravable del ISAI. El notario solicitará el avalúo comercial y el certificado de valor catastral. Comparará estas dos cifras con el precio de venta pactado en el contrato. La cifra más alta de las tres será la base sobre la cual se calculará el impuesto.
Paso 2: Calcular el Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles (ISAI). Aplicando la tarifa progresiva del Código Fiscal de la CDMX a la base gravable, se obtiene el monto del impuesto. Es importante consultar si existen programas de reducción o beneficios fiscales temporales vigentes para el año 2026.
Nota técnica: los programas de estímulo o reducción del ISAI (si existen en un ejercicio fiscal específico) deben confirmarse directamente en fuentes oficiales y/o con la notaría. En ausencia de un estímulo vigente confirmado, la provisión debe hacerse con la tarifa aplicable conforme al marco normativo correspondiente.
Paso 3: Cotizar los honorarios notariales. El arancel de notarios establece un porcentaje sobre el valor de la operación. Para propiedades de lujo, este suele oscilar entre el 1% y el 1.5%. Es fundamental solicitar a la notaría una cotización detallada que desglose honorarios, gastos y derechos.
Paso 4: Calcular los Derechos de Registro Público. Estos derechos también se calculan con una tarifa progresiva sobre el valor del inmueble. El notario los incluye en su cotización y se encarga de su pago ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio (RPPyC).
Paso 5: Identificar y sumar otros gastos administrativos. Se deben incluir costos menores pero necesarios como la obtención de certificados (libertad de gravamen, no adeudo), gestoría y el costo del avalúo comercial.
Paso 6: Consolidar el presupuesto final de adquisición. Sumar el monto del ISAI, los honorarios notariales, los derechos de registro y los gastos administrativos. Este total representa el desembolso que el comprador debe proveer a la notaría antes de la firma de la escritura.
Paso 7: Realizar la provisión de fondos. El comprador deberá transferir la totalidad de los fondos a la cuenta de la notaría. El notario actúa como un custodio y dispersa los pagos a las arcas fiscales, al registro y cubre sus propios honorarios.
Paso 8: Verificar la retención de ISR al vendedor (si aplica). Aunque es una obligación del vendedor, el notario tiene la responsabilidad de retener una parte del ISR por la ganancia obtenida. El comprador debe asegurarse de que este proceso quede asentado en la escritura para dar certeza fiscal a la operación.
Paso 9: Recibir la factura (CFDI) por los gastos notariales. Una vez firmada la escritura, el notario debe emitir un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) que ampare los honorarios y gastos, el cual formará parte del costo de adquisición comprobado del inmueble para futuras transacciones.

El factor de la actualización catastral
Un elemento a menudo subestimado es el impacto de las actualizaciones anuales al valor catastral. Para 2026, se espera que las zonas de alta plusvalía en propiedades de lujo garantizada como Polanco, Lomas de Chapultepec o Santa Fe registren ajustes superiores a la inflación, lo que podría elevar la base gravable mínima para el ISAI y, consecuentemente, el impuesto Predial futuro. Un análisis de las proyecciones fiscales y programas de regularización en este análisis es recomendable.

Impuestos federales: ISR e IVA
Es crucial aclarar dos puntos:
ISR (Impuesto Sobre la Renta): Es una obligación del vendedor, no del comprador. Se calcula sobre la ganancia obtenida en la venta. El comprador solo participa indirectamente a través de la retención que efectúa el notario.
IVA (Impuesto al Valor Agregado): Las construcciones destinadas a uso habitacional están exentas de IVA. Este impuesto solo aplicaría sobre el valor de las construcciones de uso comercial (oficinas, locales) o sobre bienes muebles que se incluyan en la transacción.
Caso de referencia (solo para provisionar): propiedad de lujo en CDMX
Imagina una compraventa de $30,000,000 MXN. Para un ejercicio conservador de planeación financiera, suele ser razonable provisionar un costo total de cierre en el rango de 5% a 7% del valor de operación, sujeto a la base gravable aplicable, a la notaría y a los derechos vigentes.
Desglose típico (rangos orientativos):
• ISAI (Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles): 3.5% – 5.5%
• Notaría (honorarios + gastos de escrituración): 1.0% – 2.0%
• Registro Público (inscripción + derechos): 0.1% – 0.5%
• Certificados, constancias, avalúo (si aplica) y gastos administrativos: 0.2% – 0.7%
Cómo usar este caso:
1) Define la base gravable: en la práctica, el cálculo suele partir del valor más alto entre precio, valor catastral y/o avalúo aplicable (según criterios notariales y normativos).
2) Pide a la notaría un “closing statement” (hoja de costos de cierre) con cifras exactas.
3) Si hay comprador extranjero, transferencias internacionales o estructuras corporativas, anticipa validaciones bancarias y documentación adicional (beneficiario final y origen de fondos).
Clave: el número final no se “adivina”; se confirma con el desglose de notaría. Pero provisionar con rangos te permite tomar decisiones sin sorpresas.
FAQ: Preguntas frecuentes de decisión para HNWIs
Las siguientes son las interrogantes más comunes que enfrentan los inversores de alto patrimonio (HNWIs) al analizar los aspectos fiscales de una adquisición inmobiliaria en la CDMX. Las respuestas son directas y orientadas a la toma de decisiones informadas.
¿Cuál es el porcentaje total estimado de impuestos y gastos sobre el precio de compra?
Para propiedades de lujo en CDMX, un rango conservador es estimar entre un 5% y 7% del valor de operación. Este porcentaje consolida el ISAI, honorarios notariales y derechos de registro.
¿Es mejor comprar como persona física o a través de una sociedad?
Depende de la estrategia patrimonial. Comprar como persona física puede simplificar la exención de ISR en una futura venta, mientras que una sociedad ofrece ventajas de gestión, sucesión y, en ciertos casos, fiscales si el inmueble se destinará a la renta.
Como extranjero, ¿enfrento una carga fiscal mayor?
No. Los impuestos de adquisición son idénticos para nacionales y extranjeros. Sin embargo, la estructura legal puede variar, como la necesidad de un fideicomiso en zona restringida, lo que implica costos adicionales de constitución y mantenimiento.
¿Cómo impacta el momento de la compra en los impuestos a pagar?
El principal impacto es la vigencia de beneficios fiscales. Si en 2026 existe un programa de reducción de ISAI, formalizar la compra dentro de ese ejercicio fiscal puede generar ahorros significativos.
¿Son deducibles los gastos notariales y el ISAI para mí como comprador?
No. Estos desembolsos no son deducibles para efectos de ISR personal. Se consideran parte del costo de adquisición del inmueble, el cual será la base para calcular la ganancia en una futura venta.
¿Qué sucede si el vendedor es una empresa (persona moral)?
La operación es similar, pero la retención de ISR no aplica de la misma manera. La empresa vendedora es responsable de acumular el ingreso y pagar el impuesto correspondiente en su declaración anual.
¿Es posible negociar quién paga el ISAI?
Aunque legalmente la obligación recae en el comprador, en la práctica todo es negociable. Sin embargo, en un mercado activo como el de CDMX, es extremadamente raro que un vendedor acepte absorber este costo.
¿Qué rol juega la Ley Antilavado (LFPIORPI) en mi compra?
La compraventa de inmuebles es una actividad vulnerable. El notario tiene la obligación de identificar a las partes, recabar información sobre el origen de los recursos y presentar los avisos correspondientes a la autoridad cuando se superen ciertos umbrales.
Elaborado por: Diego Muñoz — Marketing & New Developments Director, Engel & Völkers Mexico City.
Este artículo fue preparado como guía técnica para compradores e inversionistas de alto patrimonio que evalúan una adquisición inmobiliaria en Ciudad de México. El objetivo es ayudarte a provisionar costos de cierre, identificar “red flags” y anticipar requisitos documentales (incluyendo cumplimiento antilavado).
Aviso importante: este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal, fiscal o notarial. La determinación final de impuestos, bases gravables, tarifas y derechos corresponde a la notaría y a las autoridades aplicables, con base en la normativa vigente y en las particularidades de cada operación.
Base normativa y fuentes oficiales (para consulta)
Para validar tarifas, bases gravables y derechos, estas son referencias oficiales útiles. La normativa puede actualizarse; confirma siempre versión y vigencia al momento de cierre.
1) Código Fiscal de la Ciudad de México (marco general)
2) Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles (ISAI) — materiales de referencia (Finanzas CDMX / transparencia)
3) Arancel de Notarios — Colegio de Notarios CDMX (actualizaciones y publicaciones)
4) Derechos del Registro Público (referencias de tabuladores / transparencia CDMX)
5) LFPIORPI (Ley Antilavado) — Cámara de Diputados (texto vigente)
6) Portal SAT PLD — marco jurídico y reglas relacionadas con avisos
Para validar la estructura fiscal específica de su adquisición y asegurar una transacción eficiente, es fundamental contar con una asesoría especializada. En Engel & Völkers Mexico City, conectamos a nuestros clientes con los expertos legales y fiscales líderes del sector. Explore más análisis técnicos en nuestro blog especializado.
Fuentes oficiales y marco de referencia (consulta y vigencia)
— Código Fiscal de la Ciudad de México (Congreso CDMX)
— Secretaría de Administración y Finanzas / Tesorería CDMX (ISAI, derechos y criterios)
— Registro Público de la Propiedad y del Comercio (CDMX): derechos y trámites
— SAT: CFDI, obligaciones fiscales relacionadas y marco de referencia
— LFPIORPI (Ley Antilavado): obligaciones en operaciones inmobiliarias
Recomendación: confirme siempre la versión vigente y criterios notariales aplicables al momento de la operación.

